martes, 30 de octubre de 2012

TRES NORMAS QUE CAMBIARAN NUESTRAS RELACIONES LABORALES y NUESTRA RELACIÓN CON EL FISCO

TRES NORMAS QUE CAMBIARAN NUESTRAS RELACIONES LABORALES y NUESTRA RELACIÓN CON EL FISCO
El Boletín Oficial del Estado de 30 de octubre de 2012 publica tres normas llamadas a tener un importante protagonismo en las relaciones laborales y los deberes de los administrados ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
Hagamos una breve reseña.
1.- LEY 7/2012 de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones  en la prevención y lucha contra el fraude.
Se introducen importantes modificaciones en el sistema tributario del Estado, todo ello dirigido a la prevención y lucha contra el fraude fiscal, para ello se modifican el sistema de responsabilidades por deudas tributarias, ampliando de forma significativa los sujetos sobre los que puede recaer la responsabilidad por deudas.
En segundo término, se incrementa el ámbito sancionador, no solo en cuanto a los tipos de infracción sino también en los importes derivados de incumplimientos puramente formales.
Por último, en cuanto a esta norma, debemos destacar que a partir del 31-10-2012 se vetan los pagos en efectivo entre profesionales y empresarios por importe igual o superior a 2.500 euros, en el caso de que se realice el pago y se detecte por la administración tributaria la sanción equivaldrá al 25% del importe de la transacción económica, siendo responsables tanto el pagador como el receptor del efectivo. Es importante tener en cuenta que si uno de los participantes en una transacción como la indicada la denuncia ante el fisco en el término de tres meses desde su realización, queda exonerado de responsabilidad.
2.- Real Decreto 1483/2012 de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.
El Reglamento desarrolla la nueva redacción del Estatuto de los Trabajadores que introdujo la Ley 3/2012 de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
La concreción de diferentes aspectos de los procedimientos a seguir en los supuestos que regula el Real Decreto, busca dotar de seguridad jurídica a los intervinientes en procesos colectivos de extinción de contratos de trabajo y de suspensión o reducción de jornada, principalmente documentación mínima para acreditar las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción o derivadas de fuerza mayor.
También, como consecuencia de la Ley 3/2012, el Real Decreto se aplicará a la relaciones laborales del personal perteneciente al sector público, que dependiendo de su adscripción a una administración pública o bien a un poder adjudicador (según la clasificación del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público establece en su artículo 3), se regirán por las normas aplicables a las empresas del sector privado o bien a las especificas para personal de la Administración.
3.- Real Decreto 1484/2012 de 29 de octubre, sobre las aportaciones económicas a realizar por las empresas con beneficios que realicen despidos colectivos que afecten a trabajadores de cincuenta o más años.
Este Real Decreto concreta las obligaciones de las empresas que realizan despidos colectivos de trabajadores de cincuenta o más años en unas determinadas circunstancias, con la finalidad de atemperar los impactos sociales y económicos de los procesos de reajuste, de forma que se regula el cauce por el que las empresas liquidarán y pagarán las aportaciones económicas que deben satisfacer las empresas que realicen despidos colectivos y cumplan una serie de condicionantes, como por ejemplo, que tengan en plantilla más de 100 trabajadores o si es un grupo de empresas que emplee más de 100 trabajadores, que afecte a trabajadores de más de cincuenta o más años, y por último, que la empresas haya tenido resultados positivos a pesar de la concurrencia de circunstancias que justifiquen el despido colectivo.
Son normas que entraran en vigor el día 31 de octubre, si bien hay que estudiar atentamente las Disposiciones Transitorias por afectar a procesos anteriores a la entrada en vigor.

Secretaría General
ACTIVA MUTUA 2008
Miquel Benabarre Casals
mbenabarre@activamutua.es

Consecuencias de las bajas médicas que anula el INSS

Consecuencias de las bajas médicas que anula el INSS

http://laboral.blogs.lexnova.es/2011/12/20/consecuencias-de-las-bajas-medicas-que-anula-el-inss/

Ferran PELLISÉ GUINJOAN
Director de Prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones.

ABSENTISMO EN LA ADMINISTRACIÓN

ABSENTISMO EN LA ADMINISTRACIÓN

http://www.abc.es/20121028/comunidad-valencia/abcp-absentismo-administracionel-plan-choque-20121028.html

Ferran PELLISÉ GUINJOAN
Director de Prestaciones y Asesoría Jurídica de prestaciones

miércoles, 24 de octubre de 2012

EL ABSENTISMO LABORAL POR DEPRESIÓN



Según la European Depression Association:

1.       Uno de cada diez trabajadores europeos ha faltado al trabajo por depresión.
2.       Se trata de un transtorno mental que padecerán 30 millones de ciudadanos europeos en algún momento de su vida.
3.       Los costes que se derivan de esta enfermedad en la Unión Europea en el 2010 se estiman en 92.000 millones de euros.



FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones
ACTIVA Mutua 2008

lunes, 22 de octubre de 2012

PARC DE SALUT MAR.- Premi Ignasi Fina de Salut Laboral




FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones
ACTIVA Mutua 2008

AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA.- Empresa pública de limpieza




FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones
ACTIVA Mutua 2008

Políticas de conciliación



La V Encuesta Adecco a Mujeres Directivas llega a las siguientes conclusiones:

1.       El 70% de las participantes afirma que España se encuentra a la cola de los países europeos en materia de conciliación de la vida laboral y familiar.
2.       El 84% de las directivas consultadas cree que solicitar una jornada reducida puede perjudicar a su permanencia en la empresa a su promoción profesional.
3.       Entre los motivos que creen que dificultan la aplicación de este tipo de medidas, un 57% afirma que es porque no se sabe el impacto que tienen en la rentabilidad de la compañía, mientras que el 28% dice que la sensación de dificultad a la hora de implantar estas medidas es lo que frena a muchas corporaciones.
4.       Un 53% de las encuestadas afirma haber sufrido discriminación por el hecho de ser mujer que en un 55% de los casos esta distinción ha sido de tipo salarial, en un 32% falta de promoción interna en la empresa y en casos más específicos, en procesos de selección para otras empresas. Casi siete de cada diez encuestadas afirman que actualmente si existe discriminación salarial entre hombre y mujeres que están en la misma categoría profesional, aunque el porcentaje es algo menor que en la anterior encuesta. Un 21% afirma que ha experimentado algún problema con empleados por el hecho de ser mujer.
5.       La implantación de la cuota femenina no parece ser la solución según el 38% de las mujeres, que piensan que incluso perjudica ya que puede cuestionarse que han alcanzado la dirección por cuota y no por valía.
6.       Un 49% afirma haber tenido hijos durante su carrera laboral y esto no le ha perjudicado, frente a un 20% que dice que sí.
7.       La percepción generalizada es que es difícil conseguir el equilibrio entre ambos aspectos (un 54% reconoce con frecuencia tener problemas con frecuencia para conciliar la vida laboral y personal).



Diferentes autores en absentismo proponen como medidas de conciliación:

1.       Implementar todas aquellas medidas que la organización del trabajo permitan y que vayan en beneficio de la conciliación de la vida personal con la laboral.
2.       Sistemas de flexibilidad horaria, con la finalidad de que los trabajadores tengan mayor capacidad para decidir su propio horario laboral.
3.       Negociación del calendario laboral con los representantes de los trabajadores.
4.       Flexibilidad en la elección de días de vacaciones y descanso.
5.       Negociación de días personales que permitan una mayor planificación.
6.       Introducción de jornadas parciales.
7.       Introducción del teletrabajo.



FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones
ACTIVA Mutua 2008

viernes, 19 de octubre de 2012

Políticas de empresa con el absentismo



En el Informe Adecco sobre absentismo destacan las siguientes:

1.     El absentismo es considerado un tema prioritario en la organización: Toda la empresa debe ser consciente de la importancia que tiene para la casa el absentismo.
2.       En la gestión del absentismo debe de estar implicada todos los empleados de la empresa: Dirección, dirección de RRHH, servicios médicos, servicios de prevención, mandos intermedios, comités de empresa y comités de seguridad y salud.
3.       Lograr cambiar en la empresa la cultura del absentismo: Conseguir una cultura proactiva con el absentismo.
4.       La política de la empresa es la búsqueda del talento: Los mejores profesionales deben sentirse atraídos para trabajar con nosotros.
5.       Establecer una política de comunicación interna transparente: Concienciar sobre los costes y pérdida de competitividad.
6.       Gestionar mirando a las personas: Los mandos tienen que buscar la sensibilidad de que gestionan personas con necesidades.


FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones
ACTIVA Mutua 2008

jueves, 18 de octubre de 2012

NUEVA LEY DE MUTUAS (III)



Durante el día de ayer se celebró un encuentro entre la Junta Directiva de CEOE y la ministra de Empleo y  Seguridad Social, Fátima Báñez.

En la reunión se trataron diferentes puntos espinosos de la reciente modificación del mercado laboral.

Se trató igualmente a preguntas de los empresarios la polémica decisión del Ejecutivo de anular en 2013 la prometida rebaja de un punto de las cotizaciones sociales, y también su decisión de suprimir las subvenciones a las cotizaciones sociales.

A cambio la ministra Báñez anunció que en el próximo  proyecto de Ley de Mutuas: “les dará mayores competencias” para dar las altas y las bajas de los trabajadores en las enfermedades comunes “para ayudar a reducir el absentismo laboral”.



FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones
ACTIVA Mutua 2008

lunes, 15 de octubre de 2012

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.INCAPACIDAD TEMPORAL


http://www.europapress.es/economia/laboral-00346/noticia-economia-laboral-empleados-publicos-causen-baja-enfermedad-hoy-no-cobraran-sueldo-integro-20121015154037.html

Ferran PELLISÉ GUINJOAN
Director prestaciones y asesoria jurídica de prestaciones

Manual de acogida


Según la doctrina es obligación de la empresa el comunicar cómo funcionan muchas de las cosas que tiene que saber un trabajador cuando se incorpora a una empresa para saber a qué atenerse en cada caso. Siendo la herramienta más utilizada para éste menester el manual de acogida.

No obstante pocas son las que incluyen las políticas y protocolos relativos a cómo actuar en caso de ausencia.

La propuesta que hace la Guía práctica para la Gestión del Absentismo y que compartimos, es que debería recoger (los hemos definido en anteriores post) entre otros:

1.       Protocolo en caso de accidente laboral.
2.       Protocolo en caso de enfermedad común.
3.       Protocolo de reingreso al puesto de trabajo.
4.       Protocolo de planificación de ausencias.

Esto ayuda a transmitir de forma clara la importancia de las ausencias dentro de la casa, el empleado conoce cuáles son los comportamientos aceptados y cómo debe actuar en cada caso.

 Si se introduce en el manual de acogida tendremos que estar atentos para que los empleados que ya están en la empresa reciben la misma información

FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones
ACTIVA Mutua 2008

martes, 9 de octubre de 2012

Si un paciente que tiene concedida una IPP o IPT vuelve a trabajar, ¿se le puede dar una baja por IT o está prohibido?


Según el Manual de más de 150 respuestas sobre incapacidad temporal:

1.       Como está desempeñando otro trabajo distinto de la profesión habitual previa (o incluso el mismo con la IPP), que se le puede dar la baja por cualquier motivo que interfiera con su nuevo empleo.
2.       No cabría la IT si se tratara de la misma secuela ya valorada para la incapacidad sin agravación de la misma.

FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones
ACTIVA Mutua 2008

lunes, 8 de octubre de 2012

ABSENTISMO LABORAL POR SOBREESFUERZOS.- Transtornos musculo esqueléticos.


Los trastornos osteo-musculares se asocian a un alto coste económico y social en los trabajadores de diferentes sectores entre ellos el sanitario.

Los trastornos músculo esqueléticos no traumáticos, fundamentalmente el dolor de espalda, tienen una etiología multifactorial, siendo solamente un 20% la fracción etiológica explicada por las cargas físicas Actualmente se ha ampliado el modelo etiológico del dolor de espalda a otros factores de riesgo como es el ambiente psicosocial en el trabajo, incluyendo en éste los ejes correspondientes a la demanda psicológica, el control sobre el propio trabajo y el apoyo social tanto de compañeros como superiores inmediatos.

También se ha mostrado que existe una relación entre factores laborales y aspectos personales que pueden influir sobre el dolor de espalda.

Existen estudios que corroboran el impacto que las condiciones de trabajo físicas y organizativas, tienen sobre un indicador de alta relevancia económica como es el absentismo laboral por trastornos músculo esquelético.



FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones
ACTIVA Mutua 2008

viernes, 5 de octubre de 2012

Informe Adecco sobre absentismo



Tras la Jornada celebrada ayer en  IESE adjunto informe. Se trata de uno de los mejores Informes sobre absentismo.




FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones
ACTIVA Mutua 2008

jueves, 4 de octubre de 2012

FORUM.- Absentismo laboral



Hoy me he encontrado este FORUM en la red celebrado en la Universidad Abad Oliva CEU de Barcelona el año 2011.

 Lástima no haber podido asistir ¡¡¡ Seguro habría sido provechoso.

Enlaces:





FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones
ACTIVA Mutua 2008

miércoles, 3 de octubre de 2012

REGIMEN ESPECIAL DE EMPLEADOS DEL HOGAR.- INFORME SOBRE EL BALANCE DE LA INTEGRACIÓN DE LSO TRABAJADORES DEL RÉGIMEN ESPECIAL DE EMPLEADOS DEL HOGAR EN EL SISTEMA ESPECIAL PARA EMPLEADOS DE HOGAR EN EL RÉGIMEN GENERAL


En el Informe presentado por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social el presente lunes en el Congreso, como seguimiento de los Pactos de Toledo, sobre el balance de la integración de los trabajadores del Régimen Especial de Empleados del Hogar en el Sistema Especial para Empleados de Hogar en el Régimen General, se ha llegado a las siguientes conclusiones:

1.       Se ha producido un incremento de empleados del hogar afiliados al sistema de la Seguridad Social (28,31%).
2.       Se produce una disminución recaudatoria de enero-julio 2012 respecto período año anterior de 12,59 millones de euros, es decir, un -3,95%.
3.       Proyectando los datos del estudio a un año, la pérdida de recaudación estaría entorno a los 63 millones de euros.
4.       A este efecto habría que sumar el coste futuro en prestaciones y los costes de gestión para los empleadores.
5.       El descenso de la base de cotización, por el escaso número de horas que constan en un gran número de contratos, implica una menor base media mensual, inferior en más de 30% a la base vigente el año anterior, y en consecuencia una importante caída de la recaudación que absorbe incluso el incremento derivado de gran número de nuevas altas.
6.       Las bases de cotización elegidas por los trabajadores son, por un lado, la máxima en más de un 36% de los casos y las mínimas en otro 32% de los supuestos.
7.       Se ha verificado un comportamiento divergente entre el número medio de horas semanales trabajadas por los empleados del hogar tras la integración, generalmente, o son menos de 20, o son 40 horas, elección asociada sin duda al tipo de trabajador acogido a las mismas (discontinuo o continuo).
8.       El número de trabajadores con un solo empleador supera el 85%, y sólo el 5,66% de los trabajadores tiene dos o más empleadores.



FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones
ACTIVA Mutua 2008

martes, 2 de octubre de 2012

VACUNACION DE LA GRIPE


La vacunación de la gripe, al margen de tratarse de una actividad de promoción de la salud de los trabajadores, constituye una política activa frente al absentismo laboral, puesto que esta enfermedad es, durante la temporada gripal, una de sus causas más frecuentes entre el personal sanitario.

La eficacia de la vacuna de la gripe es actualmente muy elevada (alrededor del 90%), no presentando efectos no deseados destacables. Por otra parte, existen estudios en que se reporta una reducción del 30% en los casos de absentismo, y del 50% en los días de baja por esta causa.

FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones
ACTIVA Mutua 2008

lunes, 1 de octubre de 2012

TRABAJADORES DESPLAZADOS EN EL EXTRANJERO POR MOTIVOS DE TRABAJO (I)



En los casos que tengamos que desplazar un trabajador al extranjero es fundamental conocer los trámites administrativos necesarios que hay que cumplimentar para poder disfrutar de una cobertura adecuada:

1.       Desplazamiento a países de la Unión Europea (UE), Espacio Económico Europeo (EEE) y Suiza:

a.      Ante cualquier Delegación de TGSS:

                                                               i.      Hay que tramitar el formulario TA.200: http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/51664.pdf
                                                             ii.      Hay que tramitar el formulario TA.201 si va a ejercer la actividad profesional en más de un país: http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/51665.pdf

b.      Ante cualquier Dirección Provincial de TGSS:

                                                               i.      Hay que tramitar el formulario TA.203: http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/131050.pdf

c.      Ante los servicios Centrales de TGSS:

                                                               i.      Para los desplazamientos superiores a 24 meses el TA.204: http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/131051.pdf

d.      Ante los centros de atención e información del INSS o telemáticamente:

                                                               i.      Solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE).
                                                             ii.      http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Asistenciasanitaria/DesplazamientosporE11566/TSE2/index.htm
                                                            iii.      Su emisión es inmediata previa identificación personal.


2.       Desplazamiento a países no comunitarios con convenio bilateral:


a.      Ante cualquier Delegación de TGSS:

                                                               i.      Hay que tramitar el formulario TA.200: http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/51664.pdf

b.      También ante TGSS: El formulario correspondiente, según el país de traslado, cumplimentados en tres ejemplares (para los desplazamientos iniciales) o en cuatro ejemplares (para las prórrogas)
·         Existen Convenios que distinguen:
o    Convenio bilateral con inclusión de la asistencia sanitaria: Andorra, Brasil, Chile y Ecuador, y para Marruecos, Perú y Túnez, en los que solo se contempla la asistencia sanitaria para los trabajadores nacionales de dichos países, empleados/asegurados en España y desplazados a su país.
o    Convenio bilateral sin inclusión de asistencia sanitaria: Argentina, Australia, Canadá, Colombia, Estados Unidos, Filipinas y Marruecos (excepto trabajadores con nacionalidad marroquí), México, Paraguay, Perú (excepto trabajadores con nacionalidad peruana), República Dominicana, Rusia, Túnez (excepto trabajadores con nacionalidad tunecina), Turquía, Ucrania, Uruguay, Venezuela.


FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones
ACTIVA Mutua 2008