Activa Mutua 2008 - Absentismo

martes, 19 de marzo de 2013

¿Tienen que abonar tasas judiciales los trabajadores y beneficiarios de Seguridad Social para interponer recursos de suplicación y casación en el orden social?

¿Tienen que abonar tasas judiciales los trabajadores y beneficiarios de Seguridad Social para interponer recursos de suplicación y casación en el orden social? 

Adjunto artículo de gran interés.

 http://bloglaboral.es/index.php/tienen-que-abonar-tasas-judiciales-los-trabajadores-y-beneficiarios-de-seguridad-social-para-interponer-recursos-de-suplicacion-y-casacion-en-el-orden-social/?utm_source=Email-Contenido&utm_medium=Email&utm_content=tienen-que-abonar-tasas-judiciales-los-trabajadores-y-beneficiarios-de-seguridad-social-para-interponer-recursos-de-suplicacion-y-casacion-en-el-orden-social&utm_campaign=social

FERRAN PELLISÉ GUINJOAN

Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones 

Unknown en 13:46
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