lunes, 15 de septiembre de 2014

VACACIONES. INCAPACIDAD TEMPORAL. COMPENSACIÓN ECONÓMICA

VACACIONES. INCAPACIDAD TEMPORAL. COMPENSACIÓN ECONÓMICA

VACACIONES. INCAPACIDAD TEMPORAL. COMPENSACIÓN ECONÓMICA. El trabajador reclama a la empresa una compensación económica por las vacaciones que no disfrutó por encontrarse en situación de incapacidad temporal. No se trata de la percepción simultánea y concurrente del salario y de la prestación de IT durante un determinado período, sino de la compensación de las vacaciones no disfrutadas, las cuales concurren, en su caso, con la retribución ordinaria y, por tanto, pueden serlo también con la prestación referida, que la sustituye. Se desestima el recurso.


FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones. 

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