INCAPACIDAD TEMPORAL.- CEOE
CEOE y CEPYME recomiendan a las empresas, de cara a la negociación colectiva de 2013:
- Que impulsen la introducción en los convenios de cláusulas que regulen el control individual de las bajas por incapacidad temporal (IT) por enfermedad común.
- Que se "eviten, supriman o recorten" el establecimiento de complementos de la prestación económica por IT. Se deben desincentivar los procesos de corta duración pactando complemento a partir del 16ª día de la baja y relacionándolo con los indices individuales de absentismo. O que dichos complemntos se condicionen a por ejemplo las bajas que requieren hospitalización o enfermedades de larga duración.
FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones.
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