jueves, 14 de marzo de 2013

El INSS debe probar objetivamente que la nueva IT no es una recaída, si quiere denegar el pago del subsidio

El INSS debe probar objetivamente que la nueva IT no es una recaída, si quiere denegar el pago del subsidio

  1. Agotamiento del período de prestación económica de IT y alta médica.
  2. Nueva baja antes del transcurso de 6 meses desde el alta.
  3. No procede la denegación de la prestación basada en que la nueva baja es ocasionada por la misma o similar patología; el INSS debe razonar que tal patología no es incapacitante.

FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones.

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