DECRET LLEI 2/2012, de 25 de setembre, SOBRE MEJORAS DE LA PRESTACIÓN ECONÓMICA DE INCAPACIDAD TEMPORAL DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALITAT, DE SU SECTOR PÚBLICO I DE LAS UNIVERSIDADES CATALANAS.
Los complementos de IT sólo se reconocerán al personal objeto del presente Decreto ley:
a) En la situación de IT contingencias comunes:
a. 1 a 3 día: 50% de las retribuciones fijas y periódicas del mes anterior a IT.
b. 4 a 20 día: Un complemento que sumado a la prestación de IT sea equivalente al 75% a las retribuciones fijas y periódicas del mes anterior.
c. A partir del 21: 100% de las retribuciones fijas y periódicas del mes anterior.
b) En la situación de IT contingencias profesionales: Se complementa durante todo el período al 100%.
FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones
ACTIVA Mutua 2008
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