viernes, 7 de septiembre de 2012

NACIMIENTO DEL DERECHO, ABONO DEL SUBSIDIO Y PORCENTAJE EN LA INCAPACIDAD TEMPORAL




Son conceptos básicos pero considero interesante recordarlos con el objeto de poder avanzar en posteriores escritos:

A.     NACIMIENTO:
CONTINGENCIAS PROFESIONALES
CONTINGENCIAS COMUNES
Desde el día siguiente al de la baja en el trabajo
·         3 primeros días de baja en el trabajo: no se abonan, salvo acuerdo.
·         del 4º al 15º: se abonan a cargo del empresario.
·         a partir del 16º día: se abona el subsidio por el empresario pero a cargo de la entidad gestora.


B.      ABONO:

CONTINGENCIAS PROFESIONALES
CONTINGENCIAS COMUNES
·         Día del accidente: a cargo de la empresa.
·         Desde el 1º día baja: entidad gestora o mutua

·         3 primeros días: empresa (sin acuerdo).
·         del 4º al 15º día: empresa.
·         a partir del 16º: entidad gestora, mutua o empresa colaboradora.


C.     PORCENTAJE:

CONTINGENCIAS PROFESIONALES
CONTINGENCIAS COMUNES
·         Desde el primer día: 75%
·         Del 4º al 20º: 60%
·         A partir del 21º: 75%


FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones
ACTIVA Mutua 2008

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