jueves, 20 de septiembre de 2012

¿PUEDE UN PACIENTE QUE ESTÁ DE BAJA IRSE DE VACACIONES DESPLAZADO DE SU DOMICILIO?


Hay que distinguir:

1.       Desplazamientos por España: no tiene base legal ni las restricciones ni las autorizaciones para los desplazamientos por España siempre que no suponga un perjuicio para la recuperación del paciente.
2.       Desplazamientos al extranjero: Si está en situación de IT o se prevé que del tratamiento recibido surja dicha situación de IT (ej. Cirugía programada en el extranjero) debe ser gestionado directamente por el paciente en los servicios centrales sanitarios de cada comunidad autónoma que resolverán el caso. Es necesario tanto porque el tratamiento puede ser fruto de una derivación asistencial internacional a cargo del SNS como por los posibles efectos colaterales del mismo (posible reintegro de gastos), incluida una probable IT.

FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones
ACTIVA Mutua 2008

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