jueves, 27 de diciembre de 2012

LEY 13/2012.- FRAUDE A LA SEGURIDAD SOCIAL (II)



UNIDAD ESPECIAL DE COLABORACIÓN Y APOYO A LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES Y A LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO PARA LA LUCHA CONTRA EL EMPLEO IRREGULAR Y EL FRAUDE A LA SEGURIDAD SOCIAL

La Disposición Final Sexta de la Ley 13/2012, de 26 de diciembre, de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social dispone que el Gobierno, en el plazo de 6 meses desde la entrada en vigor de esta Ley, creará en el seno d ela Dirección General de la Inspección  de Trabajo y Seguridad Social del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, una Unidad Especail de Colaboración y Apoyo a los Juzgados y Tribunales y a la Fiscalía General del Estado para la lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social, que dependerá orgánica y funcionalmente de la Autoridad Central de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.


FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones.


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