jueves, 12 de julio de 2012

CONVENIO DE COOPERACIÓN CON LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRARRA PARA EL 2012

CONVENIO DE COOPERACIÓN CON LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Se ha publicado en el día de hoy la Resolución de 21 de junio de 2012, de la Secretaría Técnica, por la que se publica el Convenio de cooperación con la Comunidad Foral de Navarra por el que se acuerda para el año 2012, continuar con el programa específico que desarrolla determinadas estrategias de gestión para mejorar la prestación de incapacidad temporal y estudia el comportamiento de los procesos de corta duración.
El presente Convenio tiene por objeto continuar con el establecimiento de medidas de cooperación entre la Comunidad Foral de Navarra y el INSS en materia de IT, mediante el desarrollo del Programa Específico. Se establecen un conjunto de objetivos encaminados a agilizar, coordinar y controlar la gestión en la prestación de IT en esta Comunidad.
El  Programa consistirá:
         I.            Informatización y transmisión por vía telemática al INSS de los partes de IT en plazo y con códigos de diagnóstico. Objetivo con peso del 20%.
 Subapartados:
a.      Informatización y transmisión por vía telemática al INSS de los partes de IT.
b.      Plazo y transmisión de dichos partes de IT.
c.      Calidad y cumplimentación de los partes médicos. Especial atención al código de diagnóstico correcto.

       II.            Aplicación de duraciones estándar a los procesos de IT. Objetivo con peso del 4%.
a.      Incorporación de las tablas de duraciones estándar a los procedimientos informáticos de la Comunidad Foral.
b.      Posibilidad de que el médico de atención primaria soporte un control para expedir partes de confirmación una vez superada la duración estándar.

      III.            Observatorio sobre la gestión de las altas emitidas por el INSS y por la Inspección médica del Servicio Público de Salud, tratamiento de las disconformidades presentadas en aplicación del artículo 128.1.a  LGSS y seguimiento de la gestión de las propuestas de alta emitidas por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. Objetivo con peso del 18% reservando un 8% para valorar el apartado correspondiente a las propuestas de alta emitidas por las MATEPSS.

a.      Análisis en profundidad del tratamiento que reciben las altas emitidas por el INSS y por  Inspección médica del Servicio Público de Salud en las distintas fases del proceso.
                                                               i.      Altas emitidas en procesos que no superen los 365 días de duración.
                                                             ii.      Altas emitidas por los Directores Provinciales del INSS en aplicación de la competencia establecida en el artículo 128.1.a LGSS y disconformidades formuladas por los asegurados.
                                                            iii.      Alta emitidas por los Directores Provinciales del INSS que pone fin a procesos de prórroga de IT.
                                                           iv.      Seguimiento de las situaciones que puedan generar nuevas bajas emitidas por los médicos del Servicio Público de Salud tras un alta previa por los médicos inspectores del INSS, y tras altas emitidas por los Directores Provinciales del INSS en aplicación de la competencia establecida en el artículo 128.1.a) LGSS.
                                                            v.      Tramitación y contestación motivada en plazo, por el SPS, de las propuestas de altas formuladas por las MATEPSS.

    IV.            Formación e información. Objetivo con un peso del 9%.

a.      Formación de los profesionales sanitarios en materia de IT.
b.      Formación en IT, de los profesionales sanitarios en las fases de posgrado, de especialización y continuada.

      V.            Acceso de los Inspectores del INSS a la información clínico laboral de las historias clínicas del Departamento de Salud. Objetivo con un peso del 10%.

a.      Se debe utilizar única y exclusivamente para el ejercicio de las competencias que tienen encomendadas.
b.      Debe garantizarse la seguridad y confidencialidad de los datos.

    VI.            Evaluación de la actuación de los facultativos de atención primaria en la emisión de partes médicos. Objetivo con un peso del 12%.

a.      Estudio pormenorizado de los procesos de IT, iniciados por cada facultativo observando su trayectoria, comparándolo con su área sanitaria y con los de la primaria de la CA.
b.      Procesos de IT durante el 2012.

   VII.            Seguimiento de procesos con patologías psiquiátricas. Objetivo con un peso del 5%.

 VIII.            Plan de seguimiento específico de los procesos de IT en colectivos caracterizados por presentar indicadores elevados en la prestación de IT. Objetivo con un peso del 8%.

a.      Se continuará el análisis iniciado en el ejercicio anterior de los procesos de IT ampliando a los colectivos pertenecientes al sector público que se caracterizan por un mayor uso de la prestación de IT.
b.      Se utilizarán para ello herramientas informáticas.

     IX.            Estudio y seguimiento en procesos de IT de corta duración. Objetivo con un peso del 14%.
a.      Número de controles realizados a los trabajadores en IT durante los primeros 30 días del proceso.
b.      Resultados derivados de dichos controles.
c.      Incidencia de procesos de IT de < de 31 días de duración.
d.      Prevalencia de procesos de IT de < de 16 días de duración.
e.      Prevalencia de procesos de IT de > de 15 días y de < de 31 días de duración.
f.        Porcentaje de procesos de IT de < de 31 días de duración sobre el total de procesos.
g.      Porcentaje de superación de procesos estándares en procesos de < de 31 días de duración.
FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones
ACTIVA Mutua 2008

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