REAL DECRETO 625/2014, DE 18 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULAN DETERMINADOS ASPECTOS DE LA GESTIÓN Y CONTROL DE LOS PROCESOS POR INCAPACIDAD TEMPORAL EN LOS PRIMEROS TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO DÍAS DE SU DURACIÓN (XXIII).
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Cooperación y coordinación.
En el artículo 10
se regula la cooperación y coordinación en la gestión de la incapacidad
temporal entre el INSS, el ISM, las mutuas, los servicios públicos de salud de
las CCAA y el INGESA que, dice, se instrumentarán
institucionalmente a través de acuerdos, los cuales podrán ser
desarrollados mediante convenios específicos.
FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones.
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