REAL DECRETO 625/2014, DE 18 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULAN DETERMINADOS ASPECTOS DE LA GESTIÓN Y CONTROL DE LOS PROCESOS POR INCAPACIDAD TEMPORAL EN LOS PRIMEROS TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO DÍAS DE SU DURACIÓN (VIII).
DURACIÓN ESTIMADA | FECHA DE REVISIÓN DE LA BAJA | PARTES DE CONFIRMACIÓN | |||
Menor de 5 días | Parte médico de baja y alta en el mismo acto. Incluso la fecha del alta podrá ser la misma que la fecha de la baja. | El trabajador puede solicitar reconocimiento el día del alta y el MAP puede emitir PC si considera que no ha recuperado su capacidad laboral. | |||
Entre 5 - 30 días | Menor a 7 días | Se acuerda el alta o se emite el
1er PC de la baja y, a partir de este, los sucesivos no podrán superar más de
14 días naturales entre sí.
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Entre 31 - 60 días | Menor a 7 días | Se emite el 1er
PC de la baja y, a partir de este, los sucesivos no podrán superar más de 28
días naturales entre sí.
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61 días o más | Menor a 14 días | Se emite el 1er PC de la baja y, a partir de este, los sucesivos no podrán superar más de 35 días naturales entre sí. |
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