lunes, 18 de agosto de 2014

REAL DECRETO 625/2014, DE 18 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULAN DETERMINADOS ASPECTOS DE LA GESTIÓN Y CONTROL DE LOS PROCESOS POR INCAPACIDAD TEMPORAL EN LOS PRIMEROS TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO DÍAS DE SU DURACIÓN (XIV)

REAL DECRETO 625/2014, DE 18 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULAN DETERMINADOS ASPECTOS DE LA GESTIÓN Y CONTROL DE LOS PROCESOS POR INCAPACIDAD TEMPORAL EN LOS PRIMEROS TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO DÍAS DE SU DURACIÓN (XIV)

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El artículo 7.3 segundo párrafo contempla que el INSS facilitará a la TGS, siempre que se precise, los datos de los trabajadores que se encuentran en situación de incapacidad temporal o sin derecho a prestación económica durante cada período de liquidación de cuotas, con el fin de que dicho servicio común lleve a cabo las actuaciones necesarias para que en la liquidación de cuotas de la Seguridad Social se compensen, en su caso, las cantidades satisfechas a los trabajadores en el pago por delegación de dicha prestación.

Esta comunicación entre entidades será necesaria, en todo caso, para que la TGSS aplique las citadas compensaciones en la liquidación de cuotas.

Cabe recordar que en el Consejo de Ministros de 1 de agosto de 2014 (el último antes de verano) ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de medidas en materia de liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social.

La norma regula el nuevo procedimiento por el que la Seguridad Social liquidará directamente a las empresas las obligaciones de cotización. Con este sistema los empresarios dispondrán todos los meses de un cálculo individualizado de las cuotas sociales para cada trabajador.

Se trata de un medio de facturación directa que permitirá establecer un control integrado de la recaudación basado en el cálculo previo por parte de la Administración de las cuotas de Seguridad Social para cada uno de los trabajadores de las empresas.

El objetivo es optimizar la información facilitada a empresas y trabajadores, prevenir posibles situaciones irregulares de cotización y facilitar el pago de cuotas por medios telemáticos.

El Proyecto de Ley de facturación directa de la Seguridad Social da cumplimiento a una de las medidas previstas en el informe de la Comisión para la reforma de las Administraciones Públicas (CORA).

FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones. 

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