REAL DECRETO 625/2014, DE 18 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULAN DETERMINADOS ASPECTOS DE LA GESTIÓN Y CONTROL DE LOS PROCESOS POR INCAPACIDAD TEMPORAL EN LOS PRIMEROS TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO DÍAS DE SU DURACIÓN (XIV)
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El artículo 7.3 segundo párrafo
contempla que el INSS facilitará a la TGS, siempre que se precise, los datos
de los trabajadores que se encuentran en situación de incapacidad temporal o
sin derecho a prestación económica durante cada período de liquidación
de cuotas, con el fin de que dicho servicio común lleve a cabo las
actuaciones necesarias para que en la liquidación de cuotas de la Seguridad
Social se compensen, en su caso, las cantidades satisfechas a los
trabajadores en el pago por delegación de dicha prestación.
Esta comunicación entre entidades será necesaria, en todo caso, para
que la TGSS aplique las citadas compensaciones
en la liquidación de cuotas.
Cabe recordar que en el Consejo de Ministros de 1 de agosto de 2014
(el último antes de verano) ha aprobado la remisión a las Cortes
Generales del Proyecto de Ley de medidas en materia de liquidación e ingreso de
cuotas de la Seguridad Social.
La norma
regula el nuevo procedimiento por el que la Seguridad Social liquidará
directamente a las empresas las obligaciones de cotización. Con este
sistema los empresarios dispondrán todos los meses de un cálculo individualizado de las cuotas sociales para cada
trabajador.
Se
trata de un medio de facturación directa
que permitirá establecer un control integrado de la recaudación basado
en el cálculo previo por parte de la Administración de las cuotas de
Seguridad Social para cada uno de los trabajadores de las empresas.
El objetivo es optimizar la información
facilitada a empresas y trabajadores, prevenir posibles situaciones irregulares
de cotización y facilitar el pago de cuotas por medios telemáticos.
El
Proyecto de Ley de facturación directa de la Seguridad Social da cumplimiento
a una de las medidas previstas en el informe de la Comisión para la reforma de
las Administraciones Públicas (CORA).
FERRAN PELLISÉ GUINJOAN
Director de prestaciones y asesoría jurídica de prestaciones.
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